Certificado de Registro de Primera Visa
¿Para qué sirve?
Para acreditar que una persona extranjera es titular legítima de una primera visa de residencia inscrita en el Registro General de Extranjería (RGE).
¡¡¡MUY IMPORTANTE!!!
Desde la entrada en vigor en 2021 de la Ley 21.325 de Migraciones y Extranjería ya NO es requisito obligatorio la inscripción de la primera visa de residencia para obtener la Cédula de Identidad para extranjeros en el Registro Civil.
Sigue siendo obligatorio el registro de primera visa en dos casos:
- Visa de residencia expedida en Consulados de Chile
- Visa de residencia otorgada por el Servicio Nacional de Migraciones
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Personas extranjeras que hayan obtenido su primera visa de residencia en legaciones diplomáticas o consulares de Chile en el extranjero, en Gobernaciones Provinciales en territorio chileno y en el Servicio Nacional de Migraciones (antiguo DEM).
Los y las menores de edad pueden pedir el certificado a través de sus representantes legales debidamente acreditados.
¿Cuánto me costará el trámite?
Nada. Es completamente gratuito.
¿Qué necesito para solicitar el certificado?
Personas peticionarias: fotografía de Pasaporte y de medio cuerpo (ambas en formato JPG), página de antecedentes personales y visa sellada o estampada (caso de poseerla).